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Nueva norma para la solicitud de pasaportes a menores en Cuba

El Tribunal Supremo del régimen cubano elaboró una nueva instrucción para los casos de menores con padres separados

Actualizado: Wed, 04/26/2023 - 09:55

El Tribunal Supremo del régimen cubano elaboró una nueva norma, publicada en la Gaceta Oficial No. 28 Extraordinaria de 2023, en la que establece las pautas a seguir ante la solicitud de un pasaporte para menores con padres separados que tengan diferencias de criterios al respecto.

La entidad judicial explicó haber tomado la medida “para la adecuada solución de los asuntos relacionados con el ejercicio no conjunto de la responsabilidad parental o cuando existan discrepancias con motivo de su ejercicio” al momento de  solicitar autorización para hacerle el pasaporte a un menor de edad.

Añaden que el propósito de esta nueva pauta es la de garantizar que el menor “disfrute” de todos sus derechos, “en armonía con los principios que rigen el funcionamiento de los vínculos jurídico-familiares, en su relación con la sociedad y el Estado”.

El Tribunal indicó en la norma de este año que cuando existan demandas entre padres por la solicitud de un pasaporte para el menor con vistas a una salida del país, los especialistas deberán adoptar “las medidas necesarias para brindar especial protección a las niñas, niños y adolescentes involucrados”.

En estos casos, agregan, se garantiza que “los titulares de la responsabilidad parental” sean escuchados “con relación al objeto del proceso y [el Tribunal] valora, con racionalidad, los motivos de oposición alegados respecto a la salida del país de sus hijos e hijas”.

Explican también que el Tribunal tendrá en cuenta cinco aspectos para tomar una decisión final con respecto a las discrepancias entre padres por la obtención de un pasaporte con la finalidad de migrar.

Primero, tener claridad de la dirección del domicilio donde permanecerá la persona menor de edad y aquella a quien se otorga la autorización. Segundo, que exista la seguridad de que el menor de edad tendrá un estatus legal y plenitud de sus derechos en el país al cual emigrará.

También el Tribunal deberá saber el destino del viaje del menor  y el plazo en que debe retornar al territorio nacional, si se trata de una salida temporal. Igualmente, se asegurará de los intereses del menor y deberá ahondar en las condiciones de vida que tendrá en el exterior.

Finalmente, deberá transmitir la responsabilidad de que el niño mantenga comunicación con “las abuelas, los abuelos y otros parientes o personas con las cuales tenga un vínculo afectivo que lo justifique”.

Tras analizar estos elementos, el tribunal dictará una sentencia final sobre “la autorización del ejercicio exclusivo, por uno de los progenitores, de la representación legal para la obtención de pasaporte a favor de la persona menor de edad y su salida del territorio nacional, si es temporal o permanente y su lugar de destino”.

 


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